¿Qué pasa si llevas una pieza no homologada en tu moto? Multas, ITV y riesgos según la normativa española
En el mundo de las motos, personalizar es casi una necesidad. Retrovisores más pequeños, luces LED más potentes, intermitentes minimalistas o soportes para matrícula más agresivos son solo algunas de las modificaciones más comunes.
Pero cuidado: lo que puede parecer un detalle estético inofensivo puede tener consecuencias legales serias.
En Kum Moto te explicamos, basándonos en la normativa española vigente, qué pasa si llevas una pieza no homologada en tu moto, desde las sanciones hasta el impacto en la ITV o tu seguro.
1. Multas por circular con piezas no homologadas
Según la Ley de Tráfico y el Reglamento General de Vehículos
En España, el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) exige que cualquier componente que afecte a la seguridad vial, la señalización, el sistema de iluminación o la visibilidad del conductor esté homologado y conforme a la legislación europea (Directiva 76/756/CEE y posteriores).
¿Qué pasa si no lo está?
La instalación y uso de componentes no homologados puede suponer:
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Multas de 200 a 500 €, según la gravedad.
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Inmovilización del vehículo si se considera peligroso o inseguro.
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Retirada de puntos del carnet, en casos donde se entorpezca la visibilidad o señalización.
Casos comunes sancionables:
Componente | Multa posible | Justificación legal |
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Intermitentes sin marca CE/ECE | 200 € | Art. 12 RG Vehículos: señalización reglamentaria obligatoria |
Retrovisores pequeños o sin campo visual mínimo | 200 € | Art. 11.4 RG Vehículos + Manual de Inspección ITV |
Luces LED no homologadas o mal instaladas | 500 € | Art. 9.1 y 9.2 RG Vehículos + Reglamento CEPE ONU nº 48 |
Escape sin homologación/ruido excesivo | 100-200 € | Art. 13 y Anexo X del Reglamento de Circulación |
2. Suspenso en la ITV: piezas no homologadas = desfavorable
La ITV (Inspección Técnica de Vehículos) es el filtro más exigente en cuanto a la legalidad de los elementos instalados en una moto. Cualquier modificación debe cumplir dos criterios:
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Estar homologada según normativa europea o nacional.
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No alterar la seguridad o las condiciones de homologación del vehículo.
Si no cumples alguno de estos requisitos, obtendrás un informe desfavorable, lo que implica:
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Imposibilidad de circular legalmente.
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Obligación de retirar o sustituir la pieza no conforme.
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Nueva inspección y pago adicional.
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En el peor de los casos, anotación en el Registro de Vehículos de la DGT.
Referencia legal: Manual de Reformas de Vehículos, publicado por el Ministerio de Industria (versión vigente).
Cualquier modificación que altere elementos de seguridad, iluminación, visibilidad o emisiones requiere certificación o, en su defecto, revertirse.
3. Riesgos ante un accidente: el seguro puede no cubrirte
Quizás el mayor peligro no es la multa o el suspenso en la ITV, sino lo que puede ocurrir si tienes un accidente.
Según el artículo 5 de la Ley del Contrato del Seguro, el asegurado está obligado a mantener las condiciones legales del vehículo. Si llevas una pieza no homologada o mal instalada:
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El seguro puede negarse a indemnizarte.
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Si hay terceros implicados, puedes ser considerado responsable subsidiario o negligente.
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En juicios civiles o penales, los peritos pueden dictaminar que la pieza influyó en el siniestro.
🔍 Ejemplo: si llevas luces LED ilegales y otro conductor no te ve correctamente, podrías asumir parte de la culpa, aunque tú no causaras el accidente.
4. ¿Qué se considera “pieza no homologada” en España?
Cualquier pieza que no cumpla con las siguientes condiciones:
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No lleva marcado CE o ECE R (normativa europea de homologación).
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No está recogida en la ficha técnica del vehículo (o ha sido modificada sin anotarlo).
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Ha sido instalada sin certificado de montaje ni informe de conformidad.
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No cumple medidas mínimas/máximas (campo visual, intensidad luminosa, tamaño…).
Elementos especialmente sensibles:
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Intermitentes, faros, retrovisores, escapes, puños calefactables, cúpulas, portamatrículas, soportes de equipaje, luces auxiliares, reposapiés, etc.
¿Cómo saber si una pieza está homologada?
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Busca el marcado CE o ECE grabado físicamente en el producto (no vale solo el embalaje).
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Consulta en el catálogo del fabricante si cumple Reglamento ECE R10, R48, R81, R87…
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Si es una reforma importante (escape, manillar, carenado), exige el certificado de homologación + certificado de montaje + informe de conformidad.
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Compra siempre en tiendas o marcas que te ofrezcan esta documentación de forma transparente.
En Kum Moto, rodar legal es rodar con estilo
Sabemos que quieres una moto que se vea única, que represente tu personalidad y te haga disfrutar.
Pero también queremos que llegues a casa sin multas, sin disgustos y sin riesgos innecesarios.
Por eso en Kum Moto solo ofrecemos accesorios 100% legales y homologados, cumpliendo con la normativa española y europea.
🔒 Todos nuestros productos tienen:
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Marcado CE o ECE visible.
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Compatibilidad con la ITV.
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Documentación disponible en caso de requerirse.
Y si tienes dudas, puedes escribirnos antes de comprar. Nuestro equipo te orientará para que elijas lo que más te conviene según tu moto, el uso y la normativa.
Conclusión: no te la juegues, rueda legal
Un retrovisor bonito no compensa una multa.
Un intermitente agresivo no justifica una ITV negativa.
Y una pieza no certificada puede convertirse en un problema muy serio si un día necesitas que el seguro te respalde.
Por eso, en Kum Moto lo tenemos claro:
✔️ Mejor prevenir con accesorios legales.
✔️ Mejor rodar con tranquilidad.
✔️ Mejor confiar en quien conoce la ley… y también la pasión de montar en moto.